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LA INFORMACIÓN GENERADA POR DATATUR CUMPLE CON LAS
DISPOSICIONES LEGALES Y ADMINISTRATIVAS APLICABLES. La
información estadística elaborada y procesada por la Secretaría de
Turismo, está sujeta al principio de confidencialidad que
establece el artículo 38 de la Ley del Sistema Nacional de
Información Estadística y Geográfica en vigor y publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2008, que dicta: "Los
datos e informes de los particulares proporcionados para fines
estadísticos y que provengan de registros administrativos, serán
manejados, observando los principios de confidecialidad y reserva,
por lo que no podrán divulgarse, en ningún caso, en forma
nominativa o individualizada, ni harán prueba ante autoridad
judicial o administrativa, incluyendo la fiscal, en juicio o fuera
de él.". De la misma forma, la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental, publicada en el Diario Oficial de la Federación el
6 de Junio de 2006, en su artículo 14, fracción I, que dice:
"También se considerará como información reservada la que por
disposición expresa de una Ley sea considerada confidencial,
reservada, comercial reservada o gubernamental confidencial".
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